El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Mallorca dictó el pasado 14 de febrero de 2017 sentencia en la cual estimaba íntegramente las pretensiones fijadas en nuestra demanda.

La magistrada del Juzgado reprocha la actitud expectante mantenida por los facultativos adscritos al Servicio de Salud que dispensaron en más de veintisiete ocasiones asistencia médica a un paciente que presentaba durante más de ocho meses dolor lumbar acompañado de pérdida de peso, debilidad y malestar general, sin practicar las pruebas oportunas para emitir un juicio certero a pesar de los antecedentes clínicos que presentaba que permitían sospechar de la verdadera patología que presentaba.

Asimismo, en el transcurso de esos largos ocho meses se practicó prueba diagnóstica durante el preoperatorio de una patología renal que fue omitida por el personal sanitario responsable del paciente en el que se podía visualizar sin ningún género de dudas el cáncer que padecía.

Desgraciadamente de forma casual se halló el cáncer de pulmón del paciente horas antes de su fallecimiento. Antes tales actuaciones, la esposa e hijos del paciente iniciaron la vía administrativa sin que se reconociera sorpresivamente por la Administración responsabilidad alguna.

Pues si se hubiese diagnosticado correctamente se podría haber empleado otro tratamiento que podía haber incrementado los meses de vida del paciente, o no, pero podría haber afrontado el desenlace de su vida de otra manera totalmente distinta a quien permanece en la ignorancia y además los cuidados que hubiese recibido habrían estado orientados a mitigar el importante dolor padecido.

Finalmente, en la vía judicial se ha condenado solidariamente al Servicio de Salud de Islas Baleares y  su aseguradora, Zurich, al pago de 25.000 euros en concepto de daño moral por la pérdida de oportunidad, pues lo contrario supondría “negar la eficacia de las medidas paliativas, la calidad de vida de sus últimos días, pues los síntomas físicos se hubieran mitigado y el sufrimiento de su familia que han tenido que soportar el deterioro de su padre y su esposo con impotencia sin saber realmente que le ocurría”.

Por último, queremos agradecer la confianza depositada durante el procedimiento al equipo que forma Lex Abogacía.