LEX ABOGACIA RECURRIR� EL ARCHIVO DEL PROCESO PENAL DEL CASO FUNNYDENT: ENTREVISTA AL DIRECTOR DEL DESPACHO JAVIER DE LA PE�A PRADO EN TVE

Lamentablemente nos hemos enterado por la prensa que la Juez del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Navalcarnero ha dictado auto de archivo de la causa de Funnydent, haciendo valer el informe emitido por la administración concursal, junto a la petición del Ministerio Fiscal, que consideran que no ha existido irregularidad alguna que pueda ser penalmente reprochable.

La juez no aprecia un ánimo de lucro en beneficio propio o de un tercero y por tanto no considera que haya estafa. La noticia del país recoge un extracto literal del auto del que todavía no se nos ha dado traslado «de la documental y cuentas bancarias intervenidas no se ha evidenciado ningún incremento económico en el patrimonio del investigado que pudiera llevar a pensar que el cierre fue consecuencia de dicho ánimo de lucro».

«Todo lo contrario, la mala gestión derivó, no sólo en un perjuicio para los clientes, sino en uno propio para su único administrador, el cual tenía todos sus bienes registrados a nombre de dichas mercantiles» «las actuaciones practicadas sólo ponen de manifiesto un posible incumplimiento contractual de naturaleza civil carente de trascendencia penal, por lo que procede el mencionado archivo de la causa, sin perjuicio de la acciones que los denunciantes puedan ejercer ante la jurisdicción civil».

La calamitosa gestión de una empresa por parte de su administrador, que trata de reflotar una empresa que pasa por dificultades de tesorería, no tiene nada que ver con un señor que siendo plenamente consciente de que no podía dar los servicios que contrataba (ánimo doloso), mediante engaño bastante, solicitaba a los potenciales clientes previo pago de dinero o mediante el sistemático ofrecimiento de créditos al consumo (ánimo de lucro), servicios odontológicos que él positivamente era consciente que no iba a efectuar (ánimo de engañar).

Este señor no acudió a un Concurso de Acreedores, no comunicó a los clientes- pacientes, ni a la Seguridad Social, ni a los proveedores la situación real de la empresa y a la cual les estaban abocando sus decisiones y siguió haciendo caja, mediante una sistemática estafadora absolutamente planificada de ofrecer servicios a bajo precio, con importantes descuentos (todos nuestros clientes en sus presupuestos tienen aplicado un descuento por ser “clientes especiales”) como un mero gancho comercial para seguir captando dinero con un ánimo de lucro más que evidente, y del que hizo alarde y publica notoriedad.

Entendemos firmemente que este auto del que todavía no se nos ha dado traslado, fija un precedente insostenible para que empresas de dudosa solvencia empresarial puedan llevar a cabo actividades irregulares engañando a terceros y quedando penalmente impunes en el futuro.

Desde LEX ABOGACÍA anunciamos que trabajaremos intensamente en el recurso para revertir esta situación, que siendo injusta y penalmente reprochable ha dejado en desamparo a miles de damnificados que han sido estafados, suponiéndoles un importante perjuicio patrimonial a consecuencia del engaño y que paralelamente han sufrido daños en su salud, tanto físicos como psíquicos.