La paciente acudió a una Clinica Estética privada con el objetivo de mejorar su imagen mediante un tratamiento facial de implantación de ácido hialurónico en sus pómulos y comisura labial.
Inmediatamente después de la finalización de esta aplicación, la paciente fue consciente de la aparición de unos pequeños bultos, visibles y palpables, en las zonas sometidas al tratamiento.
Tras efectuar una biopsia y remitir el material a un laboratorio de anatomía patológica se objetivó que el implante inyectado no era ácido hialurónico y por lo tanto no era reabsorbible, necesitando la paciente otra intervención para su extracción.
Así, se irrogaron sobre nuestra cliente unos daños antijurídicos que en modo alguno tenía la obligación de soportar y que afectan a diversos ámbitos de su vida: salud, moral, estético, social, psicológico.
Tras la obtención del Historial Clínico de la paciente y las pólizas de responsabilidad civil profesional del cirujano plástico a través del proceso judicial oportuno, se mantuvieron negociaciones con la Compañía Aseguradora que evitaron el juicio e indemnizaron adecuadamente a la afectada en la cantidad de 17.000 euros.