El Juzgado de Primera Instancia nº 63 de Madrid ha estimado sustancialmente la demanda presentada por nuestro despacho LEX ABOGACÍA, tras recibir el encargo profesional de iniciar un proceso civil por mala praxis urológica.
Los hechos por los que han sido condenados tanto la Aseguradora AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA (AMA) como la doctora asegurada con esa Compañía se pueden resumir en que la negligente ejecución de la técnica llamada láser verde originó una perforación entre el recto y la vejiga, estableciendo la sentencia que “una pulsación de láser alcanzó la cúpula de la vejiga y se necrosó ( tal y como comprobaron cirujano y patólogo) y llega un momento en que se desprende, razón por la cual la fístula no es inmediata… También debe concluirse que esta perforación se produjo por falta de pericia en la ejecución de la operación, pues ni siquiera se incluye como un riesgo o complicación en este tipo de intervenciones. Luego probado la existencia de una actuación negligente y la relación de causalidad con el daño ocasionado, surge la obligación de indemnización.”
La mala praxis intraoperatoria ha implicado que nuestro cliente haya sufrido importantísimos daños y necesitado diferentes intervenciones quirúrgicas que no han conseguido evitar la persistencia de daños físicos y psicológicos muy graves, entre los que caben destacar incontinencia urinaria y disfunción eréctil, así como un trastorno depresivo y unos perjuicios morales evidentes que afectan a parcelas importantes de la vida de una persona.
La sentencia impone los intereses del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro a AMA, puesto que la mera oposición a nuestra tesis en el proceso judicial no justifica que no se impongan esos intereses de demora, citándose numerosas sentencias que amparan esos intereses y, por tanto, el incremento de la indemnización.
LEX ABOGACÍA en este pleito colaboró como en otras ocasiones con peritos especialistas que expusieron a Su Señoría los hechos controvertidos y, por su dominio de las técnicas quirúrgicas enjuiciadas y su experiencia en la materia, merecieron mayor credibilidad y objetividad que los peritos contrarios, lo que vuelve a poner de relieve la importancia de contar con el asesoramiento médico más competente y adecuado si se quieren ganar este tipo de procesos.
Frente a la sentencia dictada cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.