Lex Abogacía ha obtenido una Sentencia que acuerda indemnizar con casi 90.000 € (más intereses hasta que se abone la indemnización en el Juzgado) por la actuación poco diligente de un especialista en Urología.

Nuestro despacho presentó una demanda civil contra el facultativo y su Aseguradora tras haberse negado un acuerdo extrajudicial, lo que obligó a iniciar acciones judiciales con dos peritos especialistas en Urología y Oncología.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Madrid asume íntegramente las dos tesis que sustentaron nuestro escrito de demanda: el tipo de cáncer que sufrió nuestro representado obligaba a aplicar una terapia mediante BCG, la única con eficacia demostrada en los carcinomas in situ que evita en un alto porcentaje que se reproduzcan de nuevo y, por otro lado, debería haberse hecho un control trimestral del paciente mediante la realización de cistoscopias, no siendo adecuado el seguimiento exclusivo mediante pruebas de orina (citologías) y ecografías.

Ambas circunstancias considera la sentencia que supusieron una negligencia médica y determinaron que el tumor evolucionara hasta un grado IV, habiéndose perdido la oportunidad de tratar y controlar la evolución tumoral, lo que ha originado una reducción a consecuencia de la mala praxis de las posibilidades de supervivencia de nuestro cliente.

La sentencia, al valorar el resultado probatorio, concluye: “En el presente supuesto esta Juzgadora ha considerado que las declaraciones de las periciales practicadas a instancia de la parte actora han resultado ser más convincentes que las propuestas por los demandados, por lo que sus conclusiones habrán de tener una mayor relevancia en la resolución del asunto sometido a consideración”. Esta sentencia vuelve a recordarnos que, salvo casos muy excepcionales, corresponde al paciente acreditar la existencia de conductas médicas negligentes, por lo que no basta la mera existencia de un daño (aunque sea elevado); de ahí la gran importancia de contar con letrados especialistas en negligencias médicas y peritos de acreditada experiencia.

La sentencia dictada no es firme, pudiendo las partes aún presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.