La asistencia al embarazo comienza en la consulta prenatal, a la que la mujer debe acudir tan pronto como sospeche el embarazo. Los objetivos que se persiguen mediante el control  prenatal de la gestación son los siguientes:

  • Disminuir la morbi-mortalidad materna y perinatal.
  • Prevenir los riesgos potenciales para la gestación.
  • Detectar y tratar de forma precoz los trastornos acontecidos en el curso del embarazo.
  • Identificar aquellos embarazos que presenten factores de riesgo para facilitarles la asistencia obstétrica adecuada.

De esta manera, durante la gestación deben tomarse todas las medidas que puedan detectar precozmente algún trastorno o un sufrimiento fetal y así evitar el error médico. La no aplicación de estas medidas diagnósticas por parte de los facultativos puede suponer una negligencia médica si el embarazo concluye con un aborto, lesiones o fallecimiento del feto durante el parto.

En Obstetricia, tanto la prevención secundaria, cuya misión es detectar la enfermedad cuando ya ha aparecido y detener su progresión aplicando medidas terapéuticas, como la prevención terciaria, con el objetivo de restaurar la salud tras la aparición de la enfermedad, se llevan a cabo con la consulta y el control prenatal mediante la realización de pruebas y controles previos y coetáneos al parto tales como las citologías, hemogramas, analíticas y urocultivos de orina, amniocentesis, monitorización durante el parto, registros cardiotocográficos y en su caso la realización de las exploraciones ecográficas  pertinentes son pruebas que permiten identificar valores e indicadores patológicos que eviten la negligencia médica.

Los Protocolos Asistenciales de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia pretenden contribuir al buen quehacer profesional de todos los ginecólogos. Presentan métodos y técnicas de atención clínica aceptada y utilizada por especialistas en cada tema, sin embargo, estos protocolos no deben interpretarse de forma rígida ni excluyente, sino que deben servir de guía para la atención individualizada a las pacientes, pues cada paciente debe de considerarse de manera personal y concreta, recibiendo la información adecuada en cada momento, que debe incluir el tipo de parto que desea y al que puede acogerse por sus estado físico concreto.

Las cirugías ginecológicas, tales como la cirugía laparoscópica, la salpinguectomía, la conización vertical, legrados, histerectomía y otras cirugías ováricas son generalmente procedimientos seguros que le permiten a la mujer superar una condición patológica y restablecerse con rapidez, sin embargo, el éxito de una cirugía no reside sólo en los grandes avances actuales de la medicina, sino también en la preparación adecuada del médico, pues se tratan de complejos actos médicos no exentos de riesgos y complicaciones asociados que deben de ser concretamente trasladados a la paciente.

Desde LEX ABOGACÍA siempre tratamos con especial celo este tipo de negligencias médicas, que por su alto contenido emocional siempre exigen una especial motivación y dedicación.