Lex Abogacía ha ganado la segunda instancia judicial tras el recurso de apelación presentado por el Servicio Vasco de Salud-Osakidetza frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 3 de Vitoria, en el que condenaba a la Administración sanitaria.

El recurso planteado, al que nos opusimos motivada y extensamente, no consiguió que se modificase el criterio objetivo e imparcial de la sentencia inicial, ni su valoración de la prueba.

El caso abordó como una situación aparentemente poco peligrosa (suministro de Nolotil por inyección intramuscular) puede dar origen a graves lesiones si la técnica usada no es correcta. Las características del caso concreto, la designación judicial de un perito que defendía la atención sanitaria como correcta, en principio, complicaban nuestra tesis. Además, las pruebas testificales del personal de Osakidetza pretendían defender su actuación. No obstante, un buen peritaje de parte, así como la preparación exhaustiva de las pruebas testificales pusieron de manifiesto que nuestra valoración del caso y la interpretación de los hechos plasmada en la demanda eran correctas.

Como todos los casos de nuestro despacho el asunto lo abordamos conjuntamente varios abogados especialistas, para tener la visión más completa posible. Nuestra experiencia nos dice que una dirección letrada que se complemente con las aportaciones y el trabajo de otros compañeros siempre garantiza una labor profesional más rica en matices, más exhaustiva y, en definitiva, más productiva.

El criterio de cercanía temporal entre el acto médico y la lesión, la literatura científica describiendo el nexo causal en casos similares y la evolución clínica de la paciente negativa fueron las principales cuestiones analizadas. Nuestra cliente, pese a lo sostenido de contrario, no padecía una patología psiquiátrica que explicase lo ocurrido. Padecía una lesión física por una mala praxis que conllevó, además, un daño psicológico a consecuencia de las lesiones físicas incapacitantes.

Los magistrados avalan esta tesis, muy desarrollada por el juzgador de instancia, y ratificaron la sentencia, imponiendo el pago de las costas e intereses, lo que implica una cuantía total superior a los 250.000 € como indemnización a nuestra cliente, víctima de una mala actuación sanitaria.

https://www.diariovasco.com/sociedad/osakidetza-debera-indemnizar-20190515171215-nt.html

https://www.deia.eus/2019/05/15/sociedad/euskadi/osakidetza-indemnizara-con-203000-euros-a-una-paciente-que-quedo-coja-tras-una-inyeccion

https://www.elcorreo.com/sociedad/osakidetza-debera-indemnizar-20190515130513-nt.html