El Juzgado de Primera Instancia Nº 45 de Madrid ha dictado Sentencia por la que estima la demanda presentada por LEX ABOGACIA, condenando a la compañía del ginecólogo (AMA) a pagar a nuestra cliente la totalidad de la indemnización solicitada, los intereses del artículo 20 de la ley de contrato de seguro desde el año 2010 y las costas del proceso judicial, lo que suma una cantidad superior a los 100.000.-€.

A nuestra cliente le prescribieron una histeroscopia diagnóstica con el fin de visualizar su cavidad uterina al no conseguir un embarazo. El ginecólogo por su cuenta y riesgo, apartándose de la indicación médica decidió realizar una histeroscopia quirúrgica con empleo de un resectoscopio, provocándole un Síndrome de Asherman, infertilidad e imposibilidad para concebir.

Antes de someterse al procedimiento médico, tampoco se brindó a la paciente un consentimiento informado que cumpliera los requisitos legalmente exigidos así lo reconoce SSª en la resolución judicial.

Bajo la dirección letrada de Lex Abogacia y de la mano de peritos especialistas en la materia, ilustramos al Juez sobre la patología de Síndrome de Asherman, consistente en tejido cicatrizal en las paredes del útero, la vertiente más severa de esta enfermedad, que es la que padece nuestra cliente, provoca una insuficiente cavidad uterina para albergar un embarazo.

Tras la prueba practicada en el juicio, la juzgadora no tuvo dudas sobre la infracción de la lex artis ad hoc, refiriendo expresamente en el fundamento    de la sentencia “esta juzgadora valorando la prueba que ha sido practicada concluye que existió la mencionada negligencia.”

Lex Abogacía da un paso más en la defensa de los derechos del paciente, logrando una reparación integral por el reconocimiento judicial de un error médico con graves consecuencias para la vida de nuestra cliente.