La paciente acudió a una Clinica Estética privada con el objetivo de mejorar su imagen puesto que deseaba realizarse una serie de retoques en la anatomía de su cuerpo, que no presentaba el aspecto estético que ella deseaba.

Se planteó por parte de la Clínica una operación de abdominoplastia en diferentes zonas de su cuerpo (abdomen y cadera), procedimiento quirúrgico que consiste en eliminar el exceso de piel y tejido graso del abdomen medio y bajo, tensando los músculos de la pared abdominal, y una segunda intervención de elevación mamaria o mastopexia de sus pechos, que presentaban un aspecto caído a consecuencia de los cambios de peso experimentados por la paciente, ambas intervenciones están incluidas dentro del ámbito de la cirugía estética o satisfactiva, con el objeto de mejorar la estética de sus senos

Para la planificación de la cirugía, el especialista debe de tener en cuenta la localización, el diseño y forma de la cicatriz que permita extirpar todo este pliegue cutáneo y que la misma quede limitada tratando que no salga por los lados, formando inestéticas cicatrices denominadas “orejas de perro”, como le sucedió a la paciente.

Así, se irrogaron sobre nuestra cliente unos daños antijurídicos que en modo alguno tenía la obligación de soportar y que afectan a diversos ámbitos de su vida: salud, moral, estético, social, psicológico.

Tras la obtención del Historial Clínico de la paciente y las pólizas de responsabilidad civil profesional del cirujano plástico a través del proceso judicial oportuno, se mantuvieron negociaciones con la Compañía Aseguradora que evitaron el juicio e indemnizaron adecuadamente a la afectada en la cantidad de 25.000 euros.