Después de presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial frente al Servicio Canario de Salud, desde el despacho LEX ABOGACÍA hemos conseguido que se indemnice a nuestra cliente por habersele causado a la misma en el transcurso de una intervención de laminectomía y discectomía por hernia discal, una lesión vascular que no se contemplaba en el documento de Consentimiento Informado facilitado a la misma con carácter previo, y por tanto de cuya posibilidad nunca estuvo informada.

En contra de lo manifestado por la Inspección Médica del Servicio Canario de Salud, el Consejo Consultivo de Canarias emitió un Dictamen favorable en gran parte a los argumentos que poníamos de manifiesto en nuestra reclamación, en cuanto a que existen diferentes documentos de consentimientos informados utilizados en otras instituciones hospitalarias del territorio nacional, en relación a la anterior intervención, en los que como riesgos específicos derivados de la misma se determinan las lesiones vasculares como las que se ocasionaron a nuestra cliente, pero de dichos riesgos jamás fue informada la paciente aún teniendo conocimiento del mismo los facultativos que le asistieron, máxime cuando son lesiones muy graves y con un alto porcentaje de mortalidad.

 Se confirma así que el daño sufrido por nuestra cliente fue causado en el transcurso de la intervención y que del mismo no fue informada, existiendo por tanto una asistencia médica no acorde a la lex artis médica.