LEX ABOGACIA (denominación legal de DERYSANID ABOGADOS SLP) ha recibido hasta el momento innumerables consultas sobre el cierre de las clínicas FUNNYDENT, dada la especialización en la defensa de los derechos de pacientes que atesora nuestro despacho, pidiéndonos muchas personas que asistamos a reuniones, así como asesoramiento por mail y telefónico.

Como estamos ante casos en los que muchos de los pacientes habían financiado mediante préstamo su tratamiento odontológico (préstamo vinculado), la legislación vigente, muy especialmente la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo determina en su artículo 29 lo siguiente sobre los Contratos de crédito vinculados:

Derechos ejercitables

1. Por contrato de crédito vinculado se entiende aquel en el que el crédito contratado sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos o a la prestación de servicios específicos y ambos contratos constituyen una unidad comercial desde un punto de vista objetivo.

2. Si el consumidor ha ejercido su derecho de desistimiento respecto a un contrato de suministro de bienes o servicios financiado total o parcialmente mediante un contrato de crédito vinculado, dejará de estar obligado por este último contrato sin penalización alguna para el consumidor.

3. El consumidor, además de poder ejercitar los derechos que le correspondan frente al proveedor de los bienes o servicios adquiridos mediante un contrato de crédito vinculado, podrá ejercitar esos mismos derechos frente al prestamista, siempre que concurran todos los requisitos siguientes:

a) Que los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato.

b) Que el consumidor haya reclamado judicial o extrajudicialmente, por cualquier medio acreditado en derecho, contra el proveedor y no haya obtenido la satisfacción a la que tiene derecho.”

Desde LEX ABOGACIA estamos ya representando a muchas personas afectadas por lo ocurrido en clínicas FUNNYDENT, a fin de gestionar que no haya penalización alguna para el usuario de dichas clínicas con las entidades prestamistas.

Igualmente, estamos iniciando tras los oportunos encargos profesionales los procesos penales adecuados para que estos hechos se investiguen en los juzgados de instrucción competentes.

La intención de LEX ABOGACIA en defensa de los intereses de sus clientes irá dirigida, por tanto, a:

1º Evitar nuevos quebrantos y perjuicios económicos.

2º Exigir responsabilidades penales y civiles a las personas físicas y jurídicas que hayan podido cometer actuaciones penales.

3º Dentro de las indemnizaciones por daños y perjuicios, exigiremos los gastos sanitarios en los que pudieran incurrir los pacientes obligados a contratar nuevos tratamientos en otras clínicas.

4º Denunciar en el seno de estos procesos penales posibles malas praxis médicas (negligencia sanitaria si hubiera indicios de ello), tales como utilización de medios materiales y humanos insuficientes y que hayan originado daños.

LEX ABOGACIA quiere manifestar que las actuaciones desde las Administraciones Públicas Locales tienen un alcance muy limitado, puesto que las Oficinas de Información al Consumidor (OMIC) u organismos similares pueden personarse en procesos judiciales ni pueden designar letrados, centrándose su actuación en mediaciones con las entidades prestamistas. Dichas entidades prestamistas, en puridad, tienen la obligación legal y conocen que los préstamos concedidos están vinculados y subordinados a la obligación principal, por lo que nos opondremos frontalmente a toda actuación que ignore este mandato legal.

Igualmente, los Colegios profesionales (Colegios de Odontólogos, etc) y sus comisiones de Deontología profesional no representan a pacientes ante los Tribunales, por lo que su asesoramiento no implica la asignación de letrados a pacientes. Igual cabe señalar

Los hechos denunciados y que han aparecido en numerosos medios de comunicación hasta la fecha son de enorme gravedad y discrepamos de todos aquellos que consideren que una situación así se puede arreglar acudiendo a una mediación amistosa. Recuérdese que los jueces, fiscales y Policía ya están instruyendo diligencias y ha habido incluso la detención de quien parece ser el máximo responsable de lo ocurrido, sin poderse descartar más detenciones.

Desde LEX ABOGACIA, por tanto, recomendamos que todos los afectados se asesoren con verdaderos especialistas en la defensa de pacientes. Con el fin de dar la mejor cobertura posible a todos los afectados hemos participado hasta el momento (30 de enero de 2016) en la totalidad de las reuniones orientativas e informativas que se han producido en las ciudades de la Comunidad de Madrid afectadas por FUNNYDENT y estamos ofreciendo reuniones gratuitas en nuestro Despacho, ininterrumpidamente desde las 9 de la mañana hasta las 9 de la noche.

Somos muy conscientes de que los afectados desean recuperar su salud, su dinero y exigir responsabilidades a todas aquellas personas que hayan podido cometer ilícitos. Por ello, desde LEX ABOGACIA vamos a poner todos nuestros medios y nuestro trabajo para intentar que esos fines se puedan cumplir de la mejor manera posible.

Nuestros honorarios fijados para este caso tan especial y grave son francamente competitivos, ofreciendo precios muy asequibles e, incluso, siendo posible que los clientes afectados no tengan finalmente que asumir ellos los costes jurídicos.

Debe recordarse que todas aquellas personas que tengan derecho a la justicia gratuita pueden disponer de los letrados del Turno de Oficio, así como de las direcciones letradas que consideren más adecuadas. También los Colegios de Abogados les podrán informar de sus derechos.

Seguiremos prestando nuestros servicio durante los próximos días en horario de oficina de Lunes a Viernes (9 de la mañana a 19 horas) y asistiendo nuestros abogados especialistas en Derecho Sanitario a las reuniones que se vayan produciendo.

LEX ABOGACIA: Derecho y Sanidad, Abogados comprometidos con la defensa de los pacientes.